Paxtocá: Organización

    1. Paxtocá: Organización 

      1. ASAMBLEA COMUNTARIA:
La máxima autoridad es la asamblea general y ejerce su poder soberano únicamente cuando está constituido como tal de conformidad con las normas que rigen la misma. Las asambleas comunitarias podrán ser ordinarias o extraordinarias según sea el caso.

La asamblea general ordinaria reconocida por el Reglamento Interno son dos, una para la elección de los nuevos comités y miembros de la Corporación de Autoridades que generalmente se realiza en el mes de octubre y otra para la rendición de informes que se realiza en el mes de diciembre de cada año.

La asamblea general extraordinaria, generalmente de carácter urgente e importante, por lo que no está programada durante el año pero se realiza porque se tratan asuntos de beneficio comunitario, bien sea para la gestión de un proyecto o la solución de algún problema; por tanto se concluye con tomas acuerdos de aprobación, rechazo según sea la situación.

Las asambleas generales estarán legalmente constituidas, cuando en el lugar, día y hora señalada en la convocatoria verbal o escrito estén presentes y se toma como válido con la presencia del cincuenta por ciento más uno de los vecinos activos y que aprueben la realización de la misma. Entendiéndose como vecino activo aquel está haciendo uso de los servicios comunitarios.
De acuerdo al reglamento interno y la práctica en la comunidad las asambleas Generales se llevan a cabo para:
  • Elección de Autoridades Comunales.
  • Elección de Comités.
  • Aprobación de Proyectos y Contribuciones.
  • Resolución de Problemas de carácter comunitario.

      1. AUTORIDADES COMUNALES
Después de la Asamblea General, la autoridad lo ejerce la Corporación de Autoridades Comunales integrados por un Alcalde Comunal, un Vice alcalde, un secretario, los alguaciles, regidores, encargados de tableros, custodio y pregonero; todos electos anualmente por la asamblea general ordinaria de forma democrática y duraran en sus funciones un año. Comienzan formalmente su mandato el uno de enero y culminara en el momento de la entrega del primer día del año siguiente. Previo a la toma de posesión, autoridad antecesor pondrá al tanto a sus sucesores de todo lo relacionado con la comunidad, actualmente está compuesto por 17 personas.

La autoridad cumplirá con sus funciones y derechos según lo contemplado en el Convenido 169, el Acuerdo de Paz sobre identidad de los pueblos indígenas, el Código Municipal y el Reglamento Interno de la comunidad. Velan por el buen funcionamiento de la comunidad, el cumplimiento de las obligaciones de los diferentes comités, representar a la comunidad en eventos fuera de la misma y encargados de velar por el orden comunitario y el cumplimiento de las sanciones según el reglamento interno.

El que actualmente es conocido como alcalde comunal en el tiempo ha evolucionado ya que anteriormente era llamado empírico su función era mantener la relación entre comunidad y la municipalidad. El secretario era el escribano y era acompañado por los principales que eran 4. El gobierno de estos fue más tradicional, eran garantes del orden. Posteriormente los llamaron alcalde auxiliar debido al código municipal vigente donde en la estructura de las municipalidades esta la figura de una persona que apoya la labor del alcalde municipal; nombre que no prospero en nuestra comunidad puesto que el alcalde no está al servicio de la municipalidad sino de la comunidad de ahí la razón del nombre actual.

      1. TESORERIA COMUNAL.
Tiene la finalidad optimizar el manejo de los recursos económicos de la Comunidad. Se crea la Tesorería Comunal el que está integrada por cinco miembros electos en Asamblea General Ordinaria según confianza y capacidad, y la duración de su mandato será de dos años.
      1. COMITÉ DE AGUA:
De acuerdo al reglamento interno, el verdadero nombre es Comité de Administración, Operación y Mantenimiento de Agua Potable es el órgano administrativo de la comunidad con respecto del agua potable, en el mismo acto de toma de posesión recibirán formalmente los bienes muebles e inmuebles, y demás documentos que corresponden al servicio del agua potable. Para tal efecto, se efectuaran las verificaciones correspondientes y se hará constar en acta el resultado obtenido.
Actualmente está integrado por nueve personas y son los responsables por todo lo concerniente al agua potable, tanto nacimientos de Rancho de Teja San Francisco el Alto, Chuanoj y Chuixtoca, además de ello la operación de las dos bombas de agua, las que están situadas en Xecoxom y Chisic el último de los vocales de esta entidad es el representante de la comunidad ante la Comisión de Recursos Naturales de los 48 cantones
Cabe mencionar que también se tiene otros nacimientos en chivarreto, Pamaxan, y otro en chuixtoca, que por poca agua, no se han hecho las conexiones correspondientes.

      1. COMITÉ DE PROMEJORAMIENTO:
Es el comité encargado del mantenimiento del camino tanto el pavimentado como los de terracería, su función incluye el mantenimiento y construcción de puentes, gradado de barrancos y trabajos que contribuyan al manteamiento de la vía pública en buen estado, está integrado actualmente por siete personas.

      1. COMITÉ DE DESARROLLO COMUNITARIO
Es uno de los comités recientes de la comunidad y cuya función principal esta la gestión de compra del salón comunal, las vías de acceso al mismo, parqueo de vehículos para los eventos que se realicen el inmueble y la conservación del mismo y está integrado por 9 personas

      1. COMITÉ DE DESARROLLO INTEGRAL
Es un comité que tiene como función principal el velar por el buen funcionamiento de la academia de mecanografía, la atención de salud a través del buen funcionamiento del centro de convergencia de chisic y de Xecoxom. Está integrado por cinco personas.

      1. CONSEJOS EDUCATIVOS
Es una organización de los padres de familia de los alumnos(as) beneficiarias de los centros educativos del nivel al que corresponde. Sus lineamientos de trabajo generalmente vienen plasmados desde el Ministerio de Educación, además de lo que a nivel comunitario compete. Generalmente está integrado por siete personas y el nombre cambia de acuerdo a las políticas del MINEDUC, puesto que ha tenido diversos nombre tales como comité de padres de familia, comité de refacciones escolar, juntas escolares, Comité Educativo –COEDUCA-.

      1. PATRIARCAS:
Estas son personas electas por la Asamblea General por ser de reconocida honorabilidad, para tener bajo su responsabilidad, el cuidado y conservación de los documentos y archivos de la comunidad. Duraran en sus funciones por tiempo indefinido. La organización de los documentos conservado por esta entidad tubo origen en el año 1,964 por el señor Adrian Tzunun como primer principal y por Hilario Jesús Chávez como alcalde.



    1. MEDIDAS DISCIPLINARIAS:
A nivel comunitario la asamblea a generados ciertas directrices que son aplicados por las Autoridades Comunales y con el fin de garantizar la estabilidad, orden y armonía comunitario se han generado diversas normas internas para sancionar a quienes infringen el orden social y administración de la autogestión comunitaria.

Los arreglos de conflictos ocasionados por intereses particulares serán cobrados al igual que los arreglos reincidentes, los gastos serán pagados por quien resulte responsable de los hechos, pero después de escuchar las partes y presentar evidencias que dio origen al problema, generalmente los casos tratados se buscan la vía conciliatoria, dependiendo del caso también de pagan al afectado los daños y perjuicios ocasionados; por lo que cada caso es tratado con tranquilidad, amabilidad, paciencia y sobre todo con respeto, y de esa forma se recibe el respeto de parte de la comunidad.

JUSTICIA QUE SE APLICA
Las personas que cometen actos que van contra la armonía social, son sancionados con 3 días de faena, en caso de incumplimientos se le suspenderá el servicio de agua potable, el que se reinstalara hasta el cumplimiento de sus obligaciones pendientes y de pagar la reinstalación.
SANCIONES SEGÚN EL REGLAMENTO INTERNO:

  1. MULTAS: Son multas todos aquellos pagos económicos que la persona o entidad haga a la comunidad por cometer alguna infracción que dañe a la colectividad o violar los acuerdos tomados en la asamblea u otros que riñen con la buena conducta y convivencia pacífica en la comunidad.

  1. ACTUALIZACON DE CUOTAS Y MULTAS: las cantidades a pagar establecidas en el presente reglamento puede ser aumentada por la asamblea general, cuando el valor de la moneda sea muy baja debido a la devaluación y tipo de cambio respecto al dólar.

  1. FAENAS: las faenas cuando un vecino por causas no justificadas no se presentara al que fuere citada, será sancionada después de tres faltas con la suspensión de Agua Potable y al vecino que sea cómplice de este.

  1. VIOLACION DE AGUA: por violación de la medida de agua autorizada por la comunidad. Por primera vez se le llamará atención y se hará constar en el libro de conocimiento. Por segunda vez se le cobrará ciento cinco quetzales de multa y será constada en acta de la autoridad. Por tercera vez la multa se le duplica, o dependiendo de la magnitud de agua derramada, de no hacerlo se hará la suspensión del servicio de agua hasta que pague.

  1. REINSTALACIÓN DE AGUA: toda reinstalación que se haga al servicio de agua, cuya suspensión fue motivada por medida disciplinaria, se cobrará la cantidad de cincuenta quetzales por reinstalación.

  1. Por pagos no realizados durante el tiempo establecido, se suspenderá el servicio de agua potable hasta que se ponga al día.
OTRAS SANCIONES:
  1. Las persona que fuese sorprendido en actos de hurto o robos se le aplicara la disciplina moral establecido en la comunidad, además trabajara una semana en los trabajos que hay en la comunidad o su equidad o su equivalencia en dinero

  1. Toda persona o grupo que altere el orden moral, social y la ética o que practican actos de las llamadas “maras o drogadictos (a)”, serán llamadas al orden por la autoridad, pagarán un multa de mil quetzales exactos y los daños ocasionados.

  1. Todo vecino que no prestare su servicio comunitario como se establece, se le suspenderá el servicio de agua por tiempo indefinido hasta que llegue a prestar su servicio, además pagará una multa de quinientos quetzales.

  1. Toda persona o grupo que no puedan ser sancionadas con el servicio de agua comunal, por tener sus propios servicios particulares, se verificará el paso de tuberías ya habidos y por haber. Será cortado el paso en terrenos que se considera patrimonio de la comunidad y a los vecinos que sedan o que han cedido el paso ellos serán sancionados con la suspensión del servicio de agua hasta que acate lo establecido en este reglamento, para que prevalezca la coyuntura que por tradición a caracterizada a nuestra comunidad.

  1. Los casados, por no asistir en las sesiones generales convocadas para toda la comunidad, será sancionada con un dia de faena, se exceptúan los casos de emergencia o enfermedad siempre y cuando se notifica por escrito a la autoridad de turno una hora antes del inicio de la sesión. Tomando en cuenta que estos serán solo dos veces al año.

  1. Toda persona es responsable ante la ley y la comunidad, si su perro muerde a una persona, siempre y cuando no sea sospechosa de algún acto ilícito.

  1. Todo conductor de vehículo que conduce a alta velocidad pagará una multa de cien quetzales exactos a la tesorería comunal.

  1. Todo conductor de vehículo que maneja en estado de ebriedad pagará una multa de quinientos quetzales exactos a la Tesorería Comunal y si causara daños a personas o a la propiedad privada, se evaluará los daños y pagará todo lo que resultare.

  1. Se prohíbe el parqueo de vehículos en la vía pública, salvo casos de emergencia. Los transportes comerciales buscarán el lugar apropiado para parquearse y usar otro medio por el traslado de sus productos.

  1. La circulación de vehículos deberán ir a una velocidad máxima permitida en la comunidad será de 10 Km/h, y una máxima de 20 Km/h, considerado que las vías de transito en la comunidad no es de alta velocidad y por ella transitan muchas personas, ancianos y niños, será sancionado con una multa de cincuenta quetzales exactos.

TIEMPO ESTIMADO PARA PAGO DE MULTAS
ConceptoTiempo Limitado
Violación de la medida de agua30 días
Reinstalaciones de agua30 días
Personas o grupos que alteran el orden moral30 días
Todo vecino que no prestare un servicio como se establece

30 días
Los casados, por no asistir en las sesiones generales convocadas30 días
Por conducir en alta velocidad30 días
Por conductor de vehículo que maneja en estado de ebriedad30 días
Si no cumplen el tiempo de la contribución o de las sanciones que se aplican se estará cortando la tubería de su agua.
EL COSTO DE LA SANCION ES DE
ConceptoCantidad de pago
Violación de la medida de aguaQ.50.00 a Q. 75.00
Reinstalaciones de aguaQ.50.00
Personas o grupos que alteran el orden moralQ.1000.00
Todo vecino que no prestare un servicio como se estableceQ.35.00 a Q.500.00
Los casados, por no asistir en las sesiones generales convocadasUn dia de faena o su equivalente en quetzales
Por conducir en alta velocidadQ.100.00
Por conductor de vehículo que maneja en estado de ebriedadQ.500.00
Si no pagan la cantidad de dinero en el tiempo dado se le cobrara el doble y se le suspenderá el servicio de agua potable, que podrá ser reinstalado después de una semana del pago.


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